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Fortalecen controles antilavado para venta de vehículos

Fortalecen controles antilavado para venta de vehículos

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) se encuentra en plena actualización de las resoluciones y reglamentación para los distintos sujetos obligados para proveer información que colabore con la inteligencia anti-lavado.

Mediante la resolución 196, publicada esta semana, se fortalecieron las exigencias para el segmento de venta de autos, tanto importados usados como cero kilómetro.

A partir de esta resolución, todas las operaciones de venta de vehículos deberán estar acompañadas no solo de la identificación del cliente sino de la elaboración de un perfil transaccional detallado. Esto servirá para un mejor análisis de los datos y mejores chances de realizar reportes de operaciones sospechosas a la unidad de inteligencia, además de la obligatoriedad de un informe objetivo de riesgos anual.

El asesor jurídico de la institución, Diego Marcet, explicó que este reglamento viene a derogar la resolución anterior en la que, por ejemplo, la negación del cliente a otorgar datos de origen de los fondos no impedía la realización de la operación. En caso de no poder llevar a cabo todos los pasos, la transacción ya no se podrá realizar.

“Lo que se establece acá es un sistema de monitoreo en base a alertas, un régimen simplificado y la clasificación del perfil transaccional del cliente. La normativa anterior era de cumplimiento casi automático porque a partir de un monto determinado se debía llenar un formulario sobre el origen de los fondos y a partir de ahora todas las operaciones de quince salarios mínimos o más deberán justificar los fondos”, apuntó.

En el artículo 21 del documento se establecen los datos fundamentales para la elaboración del informe de conocimiento del cliente y la debida diligencia, que incluye para todas las transacciones; nombres y apellidos, tipo de documento de identidad, nacionalidad, domicilio, número de teléfono, RUC y la identificación del origen de los fondos.

Inclusive, la normativa prevé que la documentación presentada demuestra una correspondencia verosímil entre los ingresos del cliente del sujeto obligado y el monto de la operación que se está realizando. También se prevé un régimen ampliado para clientes de mayor riesgo, como personas físicas o jurídicas no residentes en el país, fideicomisos, organizaciones sin fines de lucro, personas expuestas políticamente y otros riesgos que identifique el sujeto obligado.

“La transacción debe tener correspondencia con el estimativo de los ingresos, obviamente si el salario de una persona es de Gs. 15 millones y va a comprar un auto de US$ 100 mil al contado, podría haber una inconsistencia. Ya no se trata solamente de identificar el origen de los fondos sino de identificar riesgos en el rubro en el que uno opera”, explicó el abogado.

Una de las quejas que ya arrastraban con anterioridad las importadoras de vehículos usados, era el del miedo de muchos clientes de firmar la documentación pertinente siendo que muchos de ellos se dedican a actividades legales pero informales. Al ser consultado sobre el tema, Marcet respondió que los controles de cumplimiento serán más exigentes, con lo que se aseguraría que las reglas sean iguales para todos y se compita en igualdad.

fuente diario 5 dias

11/09/2020