La SET oficializó prórroga para el IRP

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La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió ayer la Resolución N° 123, firmada por el encargado de despacho, Víctor M. Gómez de la Fuente,

por el cual oficializa “un periodo de regularización hasta el 31 de julio de 2018, dentro del cual los contribuyentes del IRP (Impuesto a la Renta Personal) que hayan deducido inversiones de rentas no previstas en la ley podrán rectificar sus declaraciones juradas sin que estas le generen la aplicación de multas por mora, intereses y recargos, con base en el Art. 185 de la Ley 125/91”.

Agrega que “una vez presentadas las declaraciones juradas rectificativas y pagado el impuesto correspondiente, a efectos de que la SET realice los ajustes en la cuenta corriente para eliminar las multas por mora, intereses y recargos, los contribuyentes deberán presentar la solicitud ante la Dirección General de Fiscalización Tributaria, invocando esta Resolución”.

En otro artículo, la medida establece que los contribuyentes que ya hayan rectificado sus declaraciones juradas con respecto a las inversiones de rentas, motivados o no por las notificaciones efectuadas por la SET, podrán solicitar la devolución del monto de los intereses y las multas por mora que hayan abonado, presentando su solicitud ante la Dirección General de Fiscalización Tributaria. Aclara que “para la aplicación de lo referido en los artículos 1 y 2, la SET verificará únicamente lo referente a las inversiones de renta”.

Además, excepcionalmente, los contribuyentes del IRP podrán declarar el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2017 hasta el 31 de julio de 2018, aunque sin perjuicio de ese plazo se insta a los contribuyentes a presentar sus declaraciones juradas según el Calendario Perpetuo de Vencimiento.

La misma resolución argumenta que esta decisión se tomó con base en un acuerdo suscrito el 24 de enero pasado con representantes de las diversas organizaciones empresariales del país

fuente ABCCOLOR

fecha : 17/2/2018