Consideran una tregua la nueva determinación de Hacienda sobre el IRP

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La prórroga en los plazos para la declaración del Impuesto a la Renta Personal (IRP)

y la presentación de las rectificativas fue confirmada por el Ministerio de Hacienda luego de las conversaciones con gremios empresariales. Contadores consideran la medida como una tregua.

Lilian Torres, del movimiento denominado Resistencia Contable del Paraguay, conversó con RDN y explicó que la determinación se considera como una tregua, ya que el plazo para el vencimiento brinda un tiempo considerable de manera a conversar con la nueva administración, la cual se conocerá luego de las elecciones de abril.

Se abre la oportunidad para que el contribuyente recurra a la justicia para no pagar lo que no considera adecuado, sin embargo esto representa una especie de “marca”, siendo un blanco para una posible persecución.

Por parte de los contadores, dijo que están orientados a conversar con los presidenciables, para conocer sus pensamientos y lo que tienen previsto. Esto, para sentar una posición del gremio de cara a las elecciones.

Lo dispuesto por Hacienda, según un comunicado oficial, se encuentra abajo:

Luego de intensas gestiones y diversas reuniones con representantes del sector empresarial, el Ministerio de Hacienda comunica a la ciudadanía la firma de un Acuerdo con este sector, que permitirá seguir fortaleciendo al Impuesto a la Renta Personal (IRP) como un impuesto directo que contribuya con la equidad tributaria y formalización de la economía nacional.  Asimismo, se informa los principales puntos acordados:

1-Los contribuyentes del IRP afectados por los reclamos y rectificativas, en torno a las inversiones de renta por los periodos anteriores a la presente, podrán beneficiarse de la exclusión de responsabilidad contemplada en el artículo 185 de la Ley 125/91, materializada a través de un dictamen de la Abogacía del Tesoro y una Resolución que será emitida por la Administración Tributaria.

2-La prórroga hasta el 31 de Julio del presente año para la presentación de las Declaraciones Juradas, correspondientes a la liquidación del IRP del periodo fiscal 2017, por parte de todos los contribuyentes de dicho impuesto. Se aclara igualmente que dichas presentaciones deberán ser realizadas conforme a las normas y reglamentaciones vigentes actualmente, entiéndase Ley, Decreto y Resolución vigente de la Subsecretaria de Administración Tributaria (SET) en materia de liquidación del IRP.

3-La prórroga hasta el 31 de Julio de este año para que aquellos contribuyentes que recibieron o no notificaciones de la Administración Tributaria presenten voluntariamente las rectificativas necesarias vinculadas a las inversiones en renta por la compra de acciones realizadas, beneficiándose igualmente de la exclusión de responsabilidad consagrada en la Resolución a ser emitida por la SET.

4-El sector empresarial deja una reserva de derecho, en el sentido de que aquellos asociados que no consideren suficiente las exoneraciones previstas y cuestionen la interpretación de la Administración Tributaria, puedan buscar en el ámbito de la Justicia el reconocimiento de sus respectivos criterios interpretativos.

El Ministerio de Hacienda destaca la apertura y predisposición de los sectores afectados, alentando a la vez a todos los contribuyentes a seguir fortaleciendo la construcción del Impuesto a la Renta Persona*l, buscando a través de este tributo directo el *respeto a la capacidad contributiva de los mismos y tratando de alcanzar a través de la igualdad tributaria, un Impuesto más justo para todos.

RDNNOTICIAS

30/01/18