Postergan sanciones para SA

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El Ministerio de Hacienda comunicó ayer que resolvió suspender hasta el 31 de agosto del corriente año la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley Nº 5895/2017

El Ministerio de Hacienda comunicó ayer que resolvió suspender hasta el 31 de agosto del corriente año la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley Nº 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establecen disposiciones en materia societaria”.

Al respecto, el Decreto Nº 9043, del 12 de junio de 2018, establece las sanciones pertinentes que deben ser aplicadas a través de la Abogacía del Tesoro. La normativa dispone, en un plazo de dos años desde la promulgación, que todas las acciones de las sociedades anónimas sean nominativas en lugar de al portador como es actualmente, atendiendo la recomendación efectuada por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La cartera estatal hizo lugar a los pedidos existentes, consideró razonable la solicitud a fin de establecer un plazo prudencial para la aplicación efectiva de las multas.

Varios gremios, entre ellos el Movimiento Resistencia Contable del Paraguay y la Asociación de Graduados en Ciencias Contables, Administrativas y Económicas de la UCA, presentaron este pedido de reconsideración a la cual se adhirieron otras asociaciones y profesionales en general. Los contadores pidieron, además de reconsiderar los plazos, que se revisen el monto de las multas y la escala a ser aplicada, considerando que la misma va de 100 jornales diarios hasta 500 jornales diarios.

A criterio de los profesionales estos valores son “altamente confiscatorio y punitorio para conceptos considerados como falta administrativas por incumplimientos en los plazos establecidos, considerando estos valores altamente abusivos, sin mencionar la aplicación del bloqueo del RUC sin cumplir con los procesos establecidos en la Ley Nº 125/91 para su aplicación”.

La cartera fiscal también comunicó que pone a disposición capacitaciones y canales de comunicación que permitan a los usuarios del sistema comprender el correcto funcionamiento de la norma y su efectivo cumplimiento.

El incumplimiento de los plazos no generará multas hasta el próximo 31 de agosto. A partir del día siguiente las multas serán aplicadas, siempre que se den los incumplimientos señalados en la norma, según la medida.

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30/06/2018